Preguntas

Existen diferentes organismos del Estado que se ocupan de la recaudación de los tributos, siendo los principales:

  • Dirección General Impositiva (DGI)
  • Dirección Nacional de Aduanas (DNA)
  • Banco de Previsión Social (BPS)
Nuestro sistema tributario tiene tres clases de impuestos:

  • Sobre la RENTA
  • Sobre el CAPITAL – PATRIMONIO
  • Sobre el CONSUMO.
Impuestos sobre la Renta

  • Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE)
  • Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR)
  • Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS)
Impuestos sobre el Patrimonio

  • Impuesto al Patrimonio (IP)
  • Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas (ICOSA)
  • Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (ITP)
Impuestos sobre el Consumo

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • Impuesto Específico Interno (IMESI)
IRAE: Grava a una tasa del 25% la renta neta de fuente uruguaya, obtenida por las empresas en actividades económicas de cualquier naturaleza. Renta de fuente uruguaya es la proveniente de actividades desarrolladas, bienes situados y derechos utilizados económicamente en Uruguay.

IRPF: Es anual, personal y directo; grava la renta de fuente uruguaya y los rendimientos de capital mobiliario provenientes del exterior que obtengan las personas físicas consideradas residentes en el país. Renta de fuente uruguaya es la proveniente de actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente en la República. Se instrumenta bajo un sistema dual que debe liquidarse por separado:

  1. renta de capital (categoría I)
  2. renta de trabajo (categoría II)
IRNR: Es anual, personal y directo; grava todas las rentas de fuente uruguaya que obtienen tanto personas físicas como jurídicas NO residentes cuando no actúan en el país a través de un establecimiento o sucursal permanente. Renta de fuente uruguaya es la proveniente de actividades, bienes situados o derechos utilizados económicamente en la República.

(Establecimiento Permanente: la entidad realiza toda o parte de su actividad económica a través de un negocio que tiene un lugar permanente en Uruguay).

IASS: Es anual, personal y directo; grava los ingresos de fuente uruguaya originados en jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad de similar naturales.

IP: Grava el Patrimonio neto fiscal en el país, comprendiendo en ello los bienes y derechos situados, colocados o utilizados económicamente en Uruguay. Comprende a quienes obtienen rentas empresariales.
Las personas físicas, los núcleos familiares y las sucesiones indivisas liquidarán el impuesto sobre el patrimonio que supere determinado mínimo no imponible.

ICOSA: Grava a las Sociedades Anónimas y aplica en ocasión de su constitución (1,5%) y al cierre de cada ejercicio fiscal (0,75%).

ITP: Básicamente aplica a la enajenación de bienes inmuebles, gravándose tanto al enajenante como al adquirente.

IVA: Alcanza las operaciones a título oneroso consistentes en circulación interna de bienes, prestación de servicios dentro del territorio nacional, introducción de bienes al país y agregación de valor original en la construcción realizada sobre inmuebles. Supone el 22 %.

IMESI: Es un impuesto selectivo que grava la primera enajenación, a cualquier título, de ciertos bienes con tasas variables según el tipo de bien: bebida, tabaco, vehículos, cosméticos, combustibles, etc.